EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES EN LAS EMPRESAS 

  1. ¿Cuál es su importancia?

 

AMBITO NORMATIVO:

Por su parte la Resolución 1016 de 1989, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, determina que los empleadores están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo al interior de sus entidades, por lo cual, deben dentro del subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo “Realizar exámenes médicos de ingreso, pos-incapacidad, egreso y periódicos. Así mismo, la Resolución 2346 de 2007 del Ministerio de Trabajo, la Ley 1562 del 2012 y el Decreto 723 de 2013, regula la práctica de las evaluaciones médicas ocupacionales, que debe realizar de forma obligatoria, con el objetivo de identificar condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros, debido a situaciones particulares.

AMBITO PREVENTIVO:

Las evaluaciones médicas ocupacionales se constituyen en una herramienta indispensable dentro de los programas de medicina preventiva y del trabajo, puesto que con base en sus resultados se define el diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores. Así mismo, el seguimiento permanente de estas condiciones de salud en los espacios de trabajo y de las recomendaciones médicas generadas por los especialistas, permite que las empresas dispongan de la información necesaria para la implementación de programas de vigilancia epidemiológica, ejecución de actividades de promoción y prevención, desarrollo de programas de rehabilitación integral y procesos de calificación de origen y pérdida de capacidad laboral.

  1. ¿Cuáles son los exámenes ocupaciones contemplados en la normativa? Y ¿qué finalidad tiene cada uno?

Examen de ingreso:    Con el objeto de realizar una evaluación para conocer el estado de salud antes de ingresar a la entidad y/o aptitud del servidor.

Examen médico periódico:   Tiene como objeto la detección precoz de patologías ocupacionales, la promoción de la salud en el ambiente laboral y la vigilancia del trabajador expuesto durante el periodo considerado por la entidad, dentro del examen periódico ocupacional. También se realizarán laboratorios según corresponda la labor.

Examen pos-incapacidad:     Evaluación médica que se efectúa al final de un periodo de incapacidad superior a 30 días, con el propósito de evaluar la condición de salud actual y determinar si la persona puede regresar a las labores habituales que estaba ejecutando o si tiene restricciones para el ejercicio de las mismas, durante el periodo de tiempo que sea necesario para completar su recuperación.

Examen de egreso:      Es un examen ocupacional que se realiza cuando el trabajador por diferentes razones no va a continuar desempeñando su labor en la empresa. Tiene como finalidad verificar las condiciones de salud y de esta manera determinar si durante el tiempo que realizó la labor en la empresa adquirió alguna patología asociada a la misma o no.

  1. ¿Existen exámenes complementarios al examen ocupacional?

Efectivamente, las valoraciones médicas ocupacionales requerirán exámenes complementarios donde participarán diferentes profesionales de la salud, los exámenes pueden cambiar de un trabajador a otro dependiendo de la labor que desempeñe este. Entre estos están: las optometrías, las visiometrías, las audiometrías o los rayos X, entre otros.

Tomado de:

https://www.sic.gov.co/sites/default/files/contratos/042019/SIC%2014.pdf       (superintendencia de industria y comercio)